Alquileres con opción a compra en España

11.05.2017

Puntos a tener en cuenta para decidirse por un alquiler con opción a compra, lo principal es entender que es el alquiler con opción a compra, como se realiza el alquiler con opción a compra y los requisitos que deben constar en el contrato con opción a compra.

Que es el alquiler con opción a compra

El alquiler con opción a compra es un derecho a comprar la propiedad una vez transcurrido el tiempo acordado entre el inquilino y el propietario, pasado este tiempo, el inquilino tiene derecho a comprar la vivienda, descontando el precio pagado mes a mes por los alquileres. Por ejemplo, se descuenta el 100 % del primer año, el 75% del segundo año y el 50% del tercer año. Según convenido en el contrato.

el contrato de alquiler que funciona como un contrato de arrendamiento normal con la única diferencia que se acuerda que los alquileres pagados hasta el momento de realizar la compra se descuentan del precio y en la proporción acordada en dicho contrato. Es importante conocer que el contrato de arrendamiento con opción a compra no está suficientemente regulado en el Código Civil, pero si se recoge en el art 14 del Reglamento Hipotecario y aparece también mencionado en la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Es un contrato atípico, en consecuencia, en aplicación de la autonomía de la voluntad y la libertad de las obligaciones, el contrato de alquiler con opción a compra se rige en principio por lo acordado.

El alquiler con derecho a compra funciona como un contrato que suple dos subcontratos, se trata de un contrato doble, ya que incluye un contrato de alquiler y un contrato de compraventa. Se desarrolla normalmente insertando una cláusula en un contrato de arrendamiento, mediante la cual se concede al arrendatario la facultad exclusiva de prestar su consentimiento para comprar el inmueble objeto del arriendo en el plazo contractualmente señalado.

El plazo en el que el inquilino puede ejercer su derecho a comprar es de un máximo de 5 años. Si se produjera una prórroga del contrato de alquiler, el nuevo contrato no reconduce la opción de compra del viejo contrato.

También es posible pactar una prima o señal, como pago a cargo del arrendatario por la concesión de la opción a compra, que generalmente se descuenta del precio final por abonar.

De esta forma el arrendador concedente de la opción de compra queda obligado a mantener su oferta y a no disponer del inmueble, durante el plazo pactado.